Si al producirse un despido el trabajador no está conforme con dicho despido, ya sea por el tipo de despido o por no haber recibido las cantidades que le pudieran corresponder (salario pendiente, finiquito, indemnización…), debe reclamar dicho despido.
Lo primero que debemos hacer es indicar que no estamos de acuerdo en la carta de despido que obligatoriamente deben de entregarnos. Junto a la firma debemos escribir: “No conforme”. El reclamar un despido no hace que nuestro caso pase directamente a los juzgados, sino que hay una serie de pasos previos para solucionar la situación sin necesidad de llegar a juicio. En estos momentos es cuando se produce el acto de conciliación laboral. Tanto si llegamos a juicio como si no, si vamos a reclamar un despido es fundamental contar con el asesoramiento profesional de un abogado laboralista para realizar todos los trámites en el tiempo adecuado y de la forma adecuada.
El acto de conciliación laboral
Tras el despido y no estando de acuerdo con él tenemos 20 días hábiles para presentar la papeleta de conciliación en el servicio de arbitraje, mediación y conciliación de la comunidad autónoma correspondiente. Este es el primer paso para solicitar el acto de conciliación laboral. En el caso de la Junta de Andalucía se denominan Centros de Mediación, Arbitraje y Conciliación (CMAC). La finalidad de la administración mediante los CMAC y su labor de mediar entre empresa y trabajador en el acto de conciliación es reducir la carga en los juzgados de procesos judiciales que pueden resolverse sin intervención del juez. El realizar un acto de conciliación no impide que, en caso de no llegar a acuerdos, se continúe con el proceso y se lleva a cabo el correspondiente juicio.
Desde el CMAC se nos citará al trabajador y a la empresa para realizar el acto de conciliación laboral. Durante dicho acto la empresa y el trabajador realizan una negociación que satisfaga ambas partes, normalmente se realizan acuerdos económicos en los que la empresa modifica la cantidad correspondiente a la indemnización por el despido. En el acto habrá un abogado medidor designado por la administración. Si se llega a un acuerdo se firma dicho acuerdo por ambas partes en el correspondiente acta, que obliga a cumplir dichos compromisos. En caso de no haber acuerdo el siguiente paso será presentar la demanda en el juzgado.
La presencia de nuestro abogado especializado en derecho laboral en el acto de conciliación nos permite estar asesorados legalmente durante toda la negociación y no tomar decisiones o aceptar acuerdos que no nos satisfagan completamente. Además, nos asesorará sobre si en nuestras circunstancias concretas nos interesa o no llegar a juicio.
Si tras el acto de conciliación, o si este no se ha realizado en el tiempo adecuado (15 días), nuestro abogado debe presentar una demanda en el Juzgado de lo Social, lo que hará que continúe el proceso hasta llegar a juicio. Tras el juicio será el juez el que determine si el despido es procedente o improcedente. En este último caso la empresa deberá abonarnos las indemnizaciones que nos pudieran corresponder o incluso puede estar obligada a readmitirnos como trabajadores.